El Tribunal de Impugnación de La Pampa confirmó la concesión de salidas transitorias para Eduardo César Ros Ramírez, condenado a ocho años de prisión por abuso sexual con acceso carnal, pese al rechazo explícito de la fiscalía y de las víctimas. El fallo, firmado por la Sala B integrada por las juezas María Paola Frigerio y Mauricio Federico Piombi, ratificó la resolución de la jueza de Ejecución, Mónica Rivero, que había otorgado al interno la posibilidad de salir de su lugar de detención 48 horas al mes para visitar a su familia en la localidad de Ataliva Roca, en la provincia de La Pampa. La decisión se toma en un contexto de creciente debate en distintos países de América sobre el alcance de los beneficios de prelibertad y el resguardo efectivo de los derechos de las víctimas de violencia de género.
Ros Ramírez, conocido en la capital pampeana por haber sido dueño del boliche Babilonia en Santa Rosa, fue condenado por la violación de una joven de 16 años y acumula además el antecedente de haberse fugado en diciembre de 2017, cuando la sentencia quedó firme, manteniéndose prófugo durante más de cuatro años hasta su captura en marzo de 2022 en Uruguay. Para los jueces del Tribunal, esa fuga no puede considerarse una causal automática de exclusión del régimen progresivo de la pena, ya que —según fundamentan— la Ley de Ejecución Penal no lo prevé de manera expresa y añadir ese requisito implicaría vulnerar el principio de legalidad. Apoyados en informes favorables elaborados por el equipo técnico, concluyeron que el interno ya cumplió el tiempo mínimo de detención ininterrumpida exigido para acceder a salidas transitorias y otros beneficios de reinserción social.
La fiscal Marisol Rodríguez y el abogado querellante Franco Catalani, representante de las víctimas, se opusieron de manera enfática a la medida. Plantearon que Ros Ramírez no presenta un proceso terapéutico consolidado y alertaron sobre el riesgo de basar el otorgamiento de beneficios en la confianza a una persona que ya burló el cumplimiento de su condena. La querella remarcó además que el Estado tiene la obligación de aplicar una “debida diligencia reforzada” en la protección de las mujeres en casos de violencia de género, apoyándose en normas y tratados internacionales. También cuestionaron que la tutela de las salidas quede en manos de los propios familiares del condenado, quienes habrían facilitado o encubierto su fuga al extranjero en años anteriores.
Como condición para habilitar las salidas, la Justicia impuso a Ros Ramírez la prohibición absoluta de acercamiento y contacto por cualquier medio con las víctimas. Las visitas se realizarán en un complejo de cabañas cerrado en Ataliva Roca, bajo estricta supervisión de su padre y su hermana, en un esquema que el Tribunal presenta como un proceso gradual de reinserción de cara a una eventual libertad condicional hacia 2027. La resolución, originada en La Pampa, se suma a otros casos de la región que tensionan la discusión sobre cómo compatibilizar la progresividad de la pena y los beneficios carcelarios con la protección integral de las víctimas y la confianza social en el sistema de justicia.
Fuente: Info pico.
