Un hombre de 53 años fue condenado a ocho meses de prisión en suspenso por haber agredido físicamente a sus dos hijos adolescentes en la ciudad de General Pico, provincia de La Pampa. La sentencia fue dictada el 11 de junio de 2026 por la jueza de audiencia de juicio María José Gianinetto, quien lo declaró autor del delito de lesiones leves agravadas por el vínculo.

El hecho juzgado ocurrió el 15 de febrero de 2024, luego de una discusión familiar que escaló en violencia dentro de la vivienda. Según la acusación del fiscal Guillermo Komarofky, el conflicto se inició cuando la esposa del imputado forcejeó con su hija para quitarle el teléfono celular; en ese contexto, el hombre intervino, tomó a la adolescente del brazo y la llevó a la rastra hasta su habitación. Después se dirigió al cuarto de su hijo, que estaba recostado en la cama, lo sujetó de la pierna izquierda a la altura de la rodilla, se la torció y provocó que cayera al piso.

Como consecuencia de la agresión, la joven sufrió una excoriación lineal de 7 centímetros en la cara externa del brazo derecho y otra de 10 centímetros en la cara interna del mismo antebrazo. El adolescente, por su parte, presentó una excoriación lineal eritematosa en el antebrazo derecho, además de edema y un hematoma en la rodilla derecha.

Durante los alegatos, la fiscalía solicitó la pena de ocho meses de prisión de ejecución condicional que finalmente fue impuesta, mientras que el defensor oficial, Guillermo Costantino, reclamó la absolución o, en subsidio, una condena más leve por lesiones culposas con multa. La jueza Gianinetto consideró acreditados los hechos, calificó la conducta como lesiones leves agravadas por el vínculo y definió la sanción aplicada como “justa y razonable” en función de las pruebas reunidas.

Además de la condena, el fallo fijó reglas de conducta que el imputado deberá cumplir durante dos años. Entre las obligaciones impuestas, deberá fijar domicilio, someterse al control del Ente de Políticas Socializadoras y realizar un tratamiento psicológico orientado a eliminar sus conductas violentas hacia los hijos, sujeto a un informe profesional que determine su necesidad y eficacia. Al fundamentar la sentencia, la magistrada valoró como atenuante la falta de antecedentes condenatorios y su rol como sostén económico del hogar, pero consideró como agravantes el contexto de violencia generado por el propio acusado y el impacto psicológico que el episodio tuvo en los adolescentes. Gianinetto remarcó que el abordaje terapéutico será clave para que el hombre pueda recapacitar, modificar su vínculo con los hijos y aportar, al menos en parte, a la reparación del daño ocasionado.

Fuente Info Pico.