Las personas que tengan armas de fuego de uso civil o de uso civil condicional sin registrar, o con documentación irregular, contarán con un plazo de 360 días para normalizar su situación ante la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC), en el marco de la Ley 27.805, publicada este jueves 18 de junio de 2026 en el Boletín Oficial nacional. La norma, sancionada por el Congreso el 14 de mayo, también prorroga hasta el 31 de diciembre de 2027 la vigencia del Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego, que rige en todo el territorio argentino.

Quienes posean armas alcanzadas por esta ley deberán presentarse ante la ANMAC para tramitar la autorización correspondiente; una vez realizadas las verificaciones técnicas y registrales, el organismo incorporará los datos del arma y de su poseedor al Banco Nacional Informatizado de Datos. En los casos en que la persona no sea legítimo usuario, tendrá que iniciar de manera simultánea el trámite para obtener esa condición y la autorización de tenencia, y si durante el proceso se detectan impedimentos registrales o técnicos graves podrán iniciarse actuaciones administrativas o judiciales para el secuestro del material.

La ANMAC deberá informar a quienes inicien el trámite sobre los riesgos asociados a la tenencia de armas de fuego y sobre las alternativas disponibles para su entrega voluntaria y anónima dentro del programa nacional, además de dictar las normas técnicas y registrales necesarias para aplicar el régimen de regularización y desplegar campañas de difusión para explicar sus alcances a la población.

Uno de los puntos centrales de la Ley 27.805 es que establece una exención de sanciones penales y administrativas para quienes se presenten voluntariamente a regularizar la tenencia ilegal de armas de uso civil o de uso civil condicional, beneficio que abarca los supuestos contemplados en el artículo 189 bis del Código Penal y se activa desde el momento en que el poseedor informa espontáneamente la existencia del arma ante la autoridad competente. La exención, sin embargo, no aplica cuando ya exista una imputación judicial previa por tenencia ilegal al iniciar el trámite de regularización.

La ley también extiende por cuatro años el Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego, vigente desde 2006 y prorrogado sucesivamente por distintas normas, fijando ahora su ejecución entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2027. El régimen entrará en vigencia a los 30 días de su publicación en el Boletín Oficial y apunta a incorporar al registro oficial armas actualmente fuera de control estatal, promover su regularización o entrega voluntaria y fortalecer los mecanismos de trazabilidad y fiscalización del material controlado.

Fuente Data Trenque.