Un proyecto de ley presentado en la Legislatura de la provincia de Buenos Aires propone que las motos que circulen con el escape adulterado para producir el estallido sonoro conocido como “el corte” puedan ser decomisadas e, incluso, compactadas, reemplazando el esquema actual basado principalmente en multas. La iniciativa apunta a frenar una práctica muy extendida en distritos como Trenque Lauquen y otras ciudades bonaerenses, donde las caravanas nocturnas de motos con ruidos extremos generan fuertes quejas vecinales por la imposibilidad de descansar.

El proyecto fue impulsado por el diputado provincial Manuel Passaglia, del espacio Hechos, quien plantea “un cambio de enfoque” para prevenir, controlar y sancionar la fabricación, venta y colocación de caños de escape antirreglamentarios, adulterados o no homologados, así como otros dispositivos que incrementen la emisión sonora de motos y autos en territorio bonaerense. Según explicó el legislador, no se trata sólo de un problema de convivencia urbana, sino también de seguridad vial y de impacto ambiental derivados de la contaminación sonora.

Passaglia señaló que las sanciones vigentes, centradas en las multas, resultaron insuficientes frente a conductas deliberadas que buscan generar ruido y molestar, por lo que considera necesario que el Estado dé “una respuesta más firme”. En ese marco, el proyecto establece que el escape ilegal sea decomisado y destruido y habilita, en los casos en que el juez lo considere, la compactación del vehículo involucrado. El diputado reconoció que se trata de “una medida fuerte”, pero sostuvo que es proporcional al daño que se genera y que busca resguardar el derecho de los vecinos a vivir tranquilos.

La propuesta no se limita a la circulación de vehículos con escapes antirreglamentarios, sino que alcanza a toda la cadena vinculada a estos elementos: su fabricación, venta, distribución, instalación y colocación dentro de la provincia de Buenos Aires. Además, prevé el secuestro preventivo de los vehículos en infracción, el decomiso de los escapes ilegales y su destrucción inmediata, dejando a criterio del juez administrativo la posibilidad de ordenar la compactación del rodado en los casos más graves.

El texto incorpora criterios para determinar cuándo corresponde llegar a la compactación, entre ellos la gravedad de la infracción, el nivel de ruido generado, la intencionalidad de la conducta y el impacto en la convivencia urbana. También se contemplan agravantes cuando las maniobras se realizan en zonas densamente pobladas o en cercanías de establecimientos educativos, centros de salud o eventos públicos, ámbitos donde la perturbación sonora se considera más dañina para la comunidad.

fuente la opinion