Las empresas de transporte de larga distancia tendrán 60 días para implementar un nuevo sistema de identificación y trazabilidad del equipaje, que obligará a registrar cada valija a nombre del pasajero, según lo dispuso la Secretaría de Transporte a través de la resolución 4/2026 publicada en el Boletín Oficial.

La normativa establece que los transportistas podrán definir libremente las características técnicas y el diseño de los dispositivos que vinculen el equipaje con cada usuario, siempre que se garantice la seguridad e inviolabilidad del sistema y se cumpla con la correcta correspondencia entre bultos y pasajeros.

El nuevo régimen reemplaza el esquema anterior basado en marbetes y fajas físicas con especificaciones predeterminadas, considerado incompatible con los criterios de desregulación y libre competencia que impulsa el Gobierno en materia de transporte y servicios.

A partir de la entrada en vigencia, prevista para mediados de marzo, las empresas de micros de larga distancia interjurisdiccionales podrán optar por diferentes mecanismos documentales o tecnológicos, como códigos impresos en los pasajes, códigos QR, registros digitales en sistemas de venta, etiquetas propias u otras herramientas que aseguren la trazabilidad del equipaje.

La Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) será la encargada de controlar en sus inspecciones que exista correspondencia efectiva entre equipaje y pasajeros, haciendo foco en la seguridad del sistema elegido por cada operador más allá de sus características técnicas específicas.

FUENTE DATATRENQUE.