El Gobierno de la provincia de Buenos Aires oficializó la entrada en vigencia de la ley N° 15.610, que modifica la normativa de adopción y apunta a agilizar los procesos, unificar plazos con la legislación nacional y reforzar el principio del Interés Superior del Niño. La norma reduce a la mitad el tiempo máximo para que la Justicia defina la situación de adoptabilidad y suma herramientas de acompañamiento y licencias especiales para quienes atraviesan procesos de guarda y adopción.

Promulgación de la nueva ley

  • La Provincia promulgó este martes la ley N° 15.610, que introduce cambios sobre la ley de adopción N° 14.528 vigente en territorio bonaerense.
  • Con la publicación en el Boletín Oficial, quedaron formalizadas las modificaciones aprobadas por la Legislatura a fines de 2025, impulsadas por el senador de Unión por la Patria Marcelo Feliú y acompañadas por bloques del radicalismo.

Reducción de plazos judiciales

  • El cambio central es la reducción del plazo máximo para que el juez resuelva la “situación de adoptabilidad” de un niño, niña o adolescente: pasa de 180 a 90 días, con el objetivo de acortar tiempos y dar mayor celeridad a los procesos.
  • Además, se establece que el organismo administrativo deberá informar al juez sobre la situación de adoptabilidad en un plazo de 24 horas cuando no se identifique a los padres ni se hallen familiares o referentes afectivos.

Obligaciones del organismo administrativo

  • El organismo administrativo tendrá que presentar al juzgado, también en un plazo de 24 horas, un informe con antecedentes, documentación del caso y un dictamen sobre la situación de adoptabilidad del niño, niña o adolescente.
  • Con esa base, el juez deberá resolver la situación de adoptabilidad dentro del plazo máximo de noventa días, lo que busca evitar dilaciones que afecten la estabilidad y el proyecto de vida de los menores.

Patrocinio jurídico y participación de los niños

  • La reforma reafirma el patrocinio jurídico gratuito a cargo de letrados especializados en niñez y adolescencia durante los procesos de declaración de adoptabilidad y adopción.
  • A la vez, corre de ese rol a la Defensoría Oficial y garantiza que niños, niñas y adolescentes sean parte de los procesos administrativos de control de la legalidad de las medidas de abrigo y de adopción.

Licencias especiales por adopción

  • La nueva ley incorpora la figura de licencias especiales en el ámbito público y en los convenios colectivos de trabajo, para acompañar guardas preadoptivas, adopciones y trámites administrativos vinculados.
  • Estas licencias buscan brindar tiempo y contención a las familias en las distintas etapas del proceso adoptivo, favoreciendo la construcción de vínculos y la adaptación de los niños a su nuevo entorno familiar.
  • fuente datatrenque.