El Tribunal de Impugnación Penal de La Pampa confirmó una condena de seis años de prisión de cumplimiento efectivo para R. O. G., encontrado culpable de abuso sexual con acceso carnal contra su ahijada de 18 años, en un hecho ocurrido en agosto de 2022 en el estacionamiento del Hospital Gobernador Centeno, en la ciudad de General Pico, provincia de La Pampa.
Según quedó acreditado en la causa, la noche del 16 de agosto de 2022 el acusado viajó desde la localidad de Realicó junto a su esposa, su hija de 9 años y la joven víctima, debido a una intervención quirúrgica programada para la niña en el Hospital Gobernador Centeno. Mientras la madre y la menor ingresaron al centro de salud, el hombre convenció a su ahijada de ir a descansar al auto y, en un sector apartado y sin iluminación del estacionamiento, la inmovilizó por la fuerza y la violó en el asiento trasero del vehículo.
La defensa oficial, a cargo del abogado Guillermo Costantino, había solicitado la absolución del imputado, poniendo en duda la credibilidad del testimonio de la joven. Fundamentó su planteo en el tiempo transcurrido hasta la denuncia formal —la víctima tardó aproximadamente un año en denunciar a su padrino— y en que, en su primera exposición policial, solo se animó a relatar tocamientos y no el acceso carnal. Sin embargo, durante el proceso se incorporaron informes que daban cuenta de reiteradas internaciones psiquiátricas y al menos cinco intentos de suicidio mediante cortes y sobredosis de pastillas, luego de los cuales la joven pudo finalmente relatar la totalidad de los hechos de los que fue víctima.
Los jueces de la Sala B del Tribunal de Impugnación Penal, María Paola Frigerio y Mauricio Federico Piombi, respaldaron el fallo condenatorio dictado en primera instancia por el juez de audiencia Marcelo Luis Pagano. Apoyados en pericias psicológicas, consideraron que la demora y la fragmentación del relato de la víctima no constituían contradicciones, sino manifestaciones compatibles con un Trastorno por Estrés Postraumático Complejo, derivado del abuso sexual sufrido. Los informes profesionales concluyeron que la joven no fabulaba y que su dificultad para denunciar respondía a un profundo estado de shock emocional, atravesado por sentimientos de vergüenza y culpa hacia quien ella misma identificaba como una figura paterna protectora.
En su resolución, el Tribunal de Impugnación Penal de La Pampa rechazó los argumentos defensivos, ratificó la condena a seis años de prisión efectiva y reafirmó la centralidad del testimonio de la víctima en los delitos contra la integridad sexual, siempre que sea valorado de manera integral, sin estereotipos y con perspectiva de género. El fallo es señalado en el ámbito judicial pampeano como un precedente relevante, al remarcar la obligación de los tribunales de contemplar las consecuencias psicológicas del abuso y las particularidades de los procesos de denuncia en este tipo de causas.
fuente infopico.

