Una mujer de 33 años fue condenada a un año de prisión de cumplimiento efectivo por atacar con una cadena y amenazar con un arma a un vendedor ambulante en la ciudad de Santa Rosa, provincia de La Pampa. La sentencia fue dictada por el juez de control Carlos Ordas, quien además declaró reincidente a la acusada, Eva Clarisa Montenegro, al considerarla autora de los delitos de amenazas con arma de fuego en concurso real con lesiones leves.

El violento episodio se produjo el 17 de diciembre de 2025. Ese día, alrededor de las ocho de la mañana, Montenegro circulaba en moto junto a un joven de 19 años por la calle Varela cuando vio al vendedor ambulante, un hombre de la misma edad, y sin mediar palabras lo agredió con una cadena, tras lo cual se dio a la fuga. Doce horas más tarde, ya por la noche, la escena se repitió en la calle Chile: la mujer se desplazaba en otra moto junto a Isaías Noguera, de 43 años, y al volver a cruzarse con la víctima instó a su acompañante a sacar un arma (“sacá el fierro, sacá el fierro”); luego tomó el arma que él llevaba en la cintura y amenazó a una persona que observaba la situación desde la vereda, advirtiéndole que si llamaba a la policía sabía dónde vivía y le iba a “romper todo”, mientras el vendedor escapaba corriendo.

Por estos hechos, el juez condenó también a Noguera a seis meses de prisión de cumplimiento efectivo, como partícipe necesario del delito de amenazas con arma de fuego, y lo declaró reincidente, ya que en 2006 había recibido una pena unificada de 16 años de prisión. En tanto, el joven de 19 años obtuvo la suspensión del juicio a prueba por un año, bajo condiciones estrictas: deberá presentarse mensualmente ante la Unidad de Salidas Tempranas del Ministerio Público Fiscal, no acercarse ni contactarse con la víctima, pagarle –si este acepta– un resarcimiento de 10.000 pesos, mantener actualizado su domicilio y no cometer nuevos delitos; si cumple, no quedará con antecedentes penales.

En la resolución, Ordas homologó un acuerdo de juicio abreviado firmado por el fiscal Cristian Casais, la defensora oficial María Silvina Blanco Gómez y los imputados, con la conformidad expresa de la víctima. El fallo dejó asentado que, según un informe de la Agencia de Investigación Científica del Ministerio Público Fiscal, el arma que portaba Noguera no tenía aptitud para disparar. Además, una vez que la sentencia quede firme, el magistrado ordenó el decomiso y destrucción de una cartuchera con nueve municiones calibre 9 milímetros, un revólver calibre 38, una cadena de 75 eslabones y doce cartuchos secuestrados en la investigación.

fuente infopico-