La Legislatura de la provincia de Buenos Aires analiza un proyecto que busca ordenar el funcionamiento de los radares de control de velocidad —los cinemómetros— y anular las denominadas “fotomultas encubiertas”. La iniciativa propone modificar los artículos 28 y 28 bis de la Ley 13.927 de Tránsito y establecer condiciones claras para que los equipos puedan operar legalmente en las rutas bonaerenses.

El proyecto establece cuatro requisitos principales. Primero, los radares no podrán instalarse de mane

arbitraria ni oculta: deberá existir un informe de siniestralidad que justifique técnicamente su colocación en un tramo determinado, con el objetivo de prevenir accidentes. En segundo lugar, cada cinemómetro deberá contar con una verificación metrológica a cargo del Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI), con una periodicidad máxima de seis meses.

Además, la iniciativa exige que los dispositivos estén anunciados con señalización vertical informativa ubicada al menos a 500 metros antes del punto de control. También prohíbe fiscalizar velocidades sin garantizar una transición gradual y progresiva de los límites máximos permitidos, una medida pensada para evitar sorpresas al conductor.

El cuarto punto apunta a la transparencia: la autoridad de aplicación deberá publicar en su sitio web un registro permanente y accesible con la georreferenciación, el número de serie y los certificados de homologación vigentes de todos los radares instalados en la provincia de Buenos Aires.

En los fundamentos del proyecto, sus impulsores sostienen que la seguridad vial no debe confundirse con un fin recaudatorio. La propuesta busca, en definitiva, que los controles de velocidad se utilicen como herramientas de prevención de accidentes y no como mecanismos de captura encubierta de infractores.

Fuente Informativa: DataTrenqu