La Justicia de General Pico, provincia de La Pampa, definió esta semana la situación procesal de dos hombres acusados de haber sustraído 250 mil dólares a un vecino de apellido Prada. El juez de control Alejandro Gilardenghi dispuso dos meses de prisión preventiva en una unidad carcelaria para Gonzalo Torres, mientras que fijó el mismo plazo de arresto domiciliario con monitoreo mediante tobillera electrónica para Claudio Arhex. La resolución quedó en un punto intermedio entre los pedidos formulados por la fiscalía y la querella, por un lado, y la defensa de los imputados, por el otro.
El hecho que dio origen a la causa ocurrió el 30 de junio pasado, cuando Prada se ausentó de su vivienda ubicada sobre la calle 7 entre 8 y 10, en General Pico. Al regresar, advirtió que una de las habitaciones estaba revuelta y constató la desaparición de varios sobres que en total contenían 250 mil dólares, suma que habría cobrado recientemente por la venta de un inmueble, sin que se registraran signos de aberturas forzadas. A partir de esa denuncia se inició la investigación penal preparatoria, que derivó en la detención de distintos sospechosos.
En el marco de la pesquisa ya se encontraba detenido Mauricio Bajo, señalado como presunto autor material del hecho y con antecedentes penales, imputado por el delito de hurto agravado por escalamiento. La investigación avanzó posteriormente sobre la participación de Torres y Arhex como coimputados, y fue su situación la que se analizó en la reciente audiencia de medidas de coerción.
Durante la audiencia, el fiscal Damián Campos, el abogado querellante Jerónimo Altamirano —en representación de la víctima Prada— y el defensor Martín Herrero Galvagno, asistente de ambos imputados, plantearon tres posiciones claramente diferenciadas. La fiscalía solicitó seis meses de prisión preventiva para los dos acusados, argumentando la necesidad de producir prueba pendiente y el riesgo de entorpecimiento de la investigación o de fuga. La querella pidió una medida más gravosa, reclamando ocho meses de encierro preventivo para ambos, mientras que la defensa requirió su libertad y, en forma subsidiaria, la aplicación de arresto domiciliario.
El juez Gilardenghi no hizo lugar íntegramente a ninguna de las pretensiones y optó por una salida propia, fijando un plazo de dos meses de detención con un tratamiento diferenciado para cada imputado. El criterio central para esa distinción fueron los antecedentes penales: Torres registra antecedentes previos, mientras que Arhex carece de ellos. En su fundamentación, el magistrado sostuvo que la expectativa de pena no es igual para ambos y que esa diferencia incide de manera directa al momento de valorar el riesgo procesal, lo que justificó que uno de los acusados quede alojado en una unidad carcelaria y el otro cumpla el arresto bajo vigilancia electrónica en su domicilio.
Fuente informativa: Infopico.com
