Desde este sábado 5 de septiembre comenzará a regir el nuevo Régimen Penal Juvenil, establecido mediante la Ley 27.801, que reemplazará al sistema vigente desde 1980. Entre sus principales cambios, la normativa reduce de 16 a 14 años la edad de imputabilidad.
De esta manera, los adolescentes de 14 años o más podrán ser sometidos a un proceso judicial por delitos contemplados en el Código Penal. Según la gravedad del hecho y las particularidades de cada caso, las sanciones podrán incluir penas de privación de la libertad.
El nuevo marco prevé un sistema penal específico para adolescentes, con condenas de hasta 15 años y sin posibilidad de aplicar prisión o reclusión perpetua. En los casos en que se disponga una pena de encierro, deberá cumplirse en establecimientos exclusivos para menores de edad y separados de la población adulta. También se contempla la alternativa del arresto domiciliario.
La privación de la libertad no será automática. La ley incorpora otras medidas posibles, como restricciones de acercamiento, reparación del daño ocasionado, reglas de conducta y la realización de actividades educativas o comunitarias.
Además, el régimen habilita el uso de monitoreo electrónico y la intervención de supervisores especializados para acompañar y controlar el cumplimiento de las medidas judiciales dispuestas para adolescentes.
La normativa mantiene la prohibición de difundir información que permita identificar a menores imputados y suma disposiciones destinadas a fortalecer los derechos de las víctimas durante el proceso penal.
La implementación del nuevo sistema abre interrogantes en el ámbito judicial, especialmente por la cantidad de causas que podría generar y los recursos disponibles para su aplicación. Entre los puntos a resolver aparecen la disponibilidad de establecimientos adecuados, dispositivos de monitoreo electrónico y personal especializado para el seguimiento de los adolescentes.
Mientras tanto, en distintas jurisdicciones del país se avanza en la adecuación de estructuras y procedimientos para compatibilizar el nuevo régimen con las normas procesales todavía vinculadas al sistema anterior.
Fuente Informativa: DataTrenque
