El Superior Tribunal de Justicia de La Pampa declaró inadmisible el recurso extraordinario federal presentado por una familia de contención de Rancul, provincia de La Pampa, que buscaba adoptar a un bebé que se encontraba bajo su cuidado.
Con esta resolución, a la familia le queda como alternativa la presentación de un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Mientras tanto, el niño ya fue integrado a la familia adoptante seleccionada en el proceso judicial.
La acción de amparo había sido iniciada para impedir que la Dirección de Niñez avanzara con el trámite de adopción. Además, los cuidadores cuestionaron la forma en que fueron notificados y solicitaron ser escuchados como referentes afectivos del menor.
El planteo ya había sido rechazado en primera instancia y luego ratificado por la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de General Pico, provincia de La Pampa.
Al analizar el recurso, la Sala A del Superior Tribunal de Justicia sostuvo que la intervención de la Corte Suprema por arbitrariedad es excepcional y que, en este caso, no se acreditó un apartamiento de la normativa ni falta de fundamentos en las resoluciones anteriores.
El tribunal también consideró que la presentación repetía argumentos ya tratados en las instancias previas. Asimismo, indicó que no se demostró una relación directa entre los agravios expuestos y las garantías federales invocadas.
El caso se originó luego de que la Dirección de Niñez entregara al bebé a una familia de contención de Rancul mediante un acta-convenio. En ese documento, los adultos asumían que no podían convertirse en adoptantes y aceptaban que el organismo podía retirar al niño si se incumplían los requisitos establecidos.
Posteriormente, la Justicia declaró la situación de adoptabilidad y solicitó al Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos de La Pampa el listado de familias habilitadas para adoptar.
La familia de contención realizó distintas presentaciones judiciales para mantener al bebé bajo su cuidado. También pidió de manera directa la guarda con fines de adopción, aunque ese planteo fue rechazado sin trámite por falta de fundamentos legales.
La Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia informó que el lunes 7 de septiembre se concretó el egreso del niño del espacio de guarda transitorio de Rancul, por orden del Juzgado de la Familia, Niñas, Niños y Adolescentes N° 1 de General Pico.
De acuerdo con la comunicación oficial, el niño ya se encuentra con su familia adoptante. La legislación establece que los procesos de adopción deben canalizarse a través de los registros únicos de aspirantes de cada jurisdicción, con el objetivo de resguardar el interés superior de niñas, niños y adolescentes.
Fuente Informativa: Infopico
