La Cámara de Apelaciones de General Pico, provincia de La Pampa, condenó a un padre a pagar una indemnización de un millón de pesos por publicar en redes sociales capturas de chats en los que compañeros de escuela se burlaban de su hija adolescente, quien tiene Síndrome de Down.
El caso se originó a partir de conversaciones mantenidas en un grupo privado de WhatsApp por estudiantes de una escuela secundaria. Allí, varios adolescentes realizaron comentarios discriminatorios contra la joven.
Al tomar conocimiento de los mensajes, el padre difundió las capturas a través de Instagram y de sus estados de WhatsApp, exponiendo a uno de los alumnos involucrados. Según se indicó, las publicaciones fueron eliminadas horas después.
La madre del adolescente expuesto promovió una demanda por daños y perjuicios, al sostener que se había vulnerado el derecho a la intimidad de su hijo. En primera instancia, la acción había sido rechazada, al considerar que la reacción del padre se produjo en un contexto de angustia y frente a la situación de vulnerabilidad de su hija.
Sin embargo, la Sala A de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de General Pico revocó esa decisión. Los jueces Roberto M. Ibáñez y Mariano C. Martín entendieron que, aunque la reacción del hombre era humanamente comprensible, no justificaba la difusión pública de una conversación privada que involucraba a menores de edad.
El tribunal sostuvo que el padre contaba con otras vías para actuar, como recurrir a las autoridades escolares o dialogar con las familias de los estudiantes involucrados, sin exponer a los adolescentes en redes sociales.
La sentencia fijó una indemnización de un millón de pesos por daño moral. De todos modos, los magistrados descartaron el reclamo económico mayor planteado inicialmente por la familia del alumno, al valorar que la publicación tuvo una duración limitada, fue eliminada rápidamente y que el padre manifestó arrepentimiento durante el proceso judicial.
Fuente Informativa: InfoPico
