La Justicia de General Pico, provincia de La Pampa, condenó a diez años de prisión a un hombre de 44 años por abusar sexualmente de dos de sus sobrinos. Además, la magistrada ordenó investigar al abuelo de las víctimas por una posible conducta de omisión, luego de considerar que habría presenciado uno de los ataques sin intervenir.
La sentencia fue dictada por la jueza de audiencia de juicio María José Gianinetto. El acusado fue declarado autor material y penalmente responsable de reiterados delitos contra la integridad sexual cometidos contra una sobrina y un sobrino.
Según se acreditó durante el debate oral, el hombre abusó de su sobrina en tres oportunidades, cuando ella tenía entre 8 y 13 años. Dos de los hechos fueron calificados como abuso sexual con acceso carnal, mientras que el tercero fue agravado por la situación de guarda. También fue condenado por abuso sexual simple y abuso sexual con acceso carnal contra su sobrino, quien tenía 13 años al momento de los hechos.
Los episodios ocurrieron cuando los menores se encontraban de visita en la vivienda de su abuela, en General Pico, provincia de La Pampa.
El juicio se desarrolló los días 16, 17 y 22 de septiembre. Participaron la fiscala Andreina Montes, el abogado querellante Mauro Fernández, en representación de la madre de las víctimas, y los defensores particulares Néstor Mariano Sánchez y Juan Carlos De La Vega.
Durante los alegatos, la Fiscalía y la querella solicitaron una condena de diez años de prisión. La defensa, en cambio, pidió declarar la nulidad de las pericias psicológicas y de las entrevistas realizadas mediante Cámara Gesell. También reclamó la absolución por el beneficio de la duda o, de manera subsidiaria, una pena de un año por abuso sexual simple.
La jueza rechazó los planteos de nulidad y consideró que los hechos habían sido acreditados. En los fundamentos, sostuvo que el caso debía analizarse conforme a las leyes nacionales de Protección Integral contra las Mujeres y de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, con perspectiva de género y teniendo en cuenta el interés superior de los menores.
Como agravante, la magistrada valoró los antecedentes penales del acusado. El hombre había sido condenado a siete meses de prisión el 1 de agosto de 2018 y, posteriormente, a cuatro años y seis meses por lesiones, amenazas y uso de armas, en una sentencia dictada el 7 de octubre de 2021.
Gianinetto también destacó que parte de los abusos fueron cometidos mientras el acusado gozaba del beneficio de salidas transitorias. Además, tuvo en cuenta el daño psicológico acreditado en ambas víctimas.
Por otra parte, la jueza ordenó remitir copias de las actuaciones al Ministerio Público Fiscal para que se investigue la conducta del abuelo de los menores y padre del condenado. De acuerdo con lo establecido en la sentencia, el hombre habría observado directamente una agresión contra uno de sus nietos y no habría intervenido para detenerla ni brindarle asistencia.
La Justicia deberá determinar ahora si esa conducta puede constituir un delito de omisión penalmente sancionable.
Fuente informativa: Infopico.com
