La Justicia de La Pampa condenó a un hombre de 60 años, oriundo de Darregueira, provincia de Buenos Aires, a dos años y dos meses de prisión de cumplimiento efectivo por violar una orden de restricción de contacto y acosar de forma reiterada a una mujer mediante llamadas telefónicas y transferencias de dinero a través de Mercado Pago.

El fallo fue dictado en Santa Rosa por el juez de Control Néstor Daniel Ralli, en el marco de un juicio abreviado, al unificar la nueva condena con una pena anterior en suspenso dictada en septiembre de 2022 por la Justicia de General Acha. La medida revocó el beneficio de la condicionalidad y declaró reincidente al imputado, que quedó alojado en una unidad carcelaria tras el acuerdo alcanzado con su defensor, el abogado Alberto Emanuel Morales.

La causa se originó luego de que el hombre desoyera de manera abierta una orden judicial de prohibición de acercamiento y de contacto absoluto dictada el 16 de febrero de 2026 por el juez Carlos René Ordas, en el marco de un caso de violencia de género. Apenas 48 horas después de ser notificado de la perimetral, el acusado inició un asedio insistente sobre la víctima.

De acuerdo con la investigación encabezada por la fiscal Alejandra G. Moyano González, entre el 18 y el 27 de febrero el condenado realizó 66 llamadas telefónicas a la mujer. Al no lograr comunicarse de manera directa, recurrió a una modalidad de hostigamiento cada vez más frecuente en entornos digitales: efectuó 11 transferencias de 1.000 pesos cada una a través de la billetera virtual Mercado Pago, utilizando las notificaciones de los movimientos de dinero como vía indirecta de contacto.

Además de la pena de prisión efectiva, el juez Ralli dispuso el decomiso del teléfono celular Motorola G13 utilizado para cometer el delito de desobediencia judicial. El dispositivo será reseteado a sus valores de fábrica y no será restituido al condenado, sino que será entregado al Ministerio de Desarrollo Social de La Pampa para su uso con fines sociales, como medida simbólica y ejemplificadora frente a este tipo de conductas de acoso mediadas por la tecnología.

fuente infopico